FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS DE LA EDUCACIÓN UNLP

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La Organización de las Naciones Unidas

V. La Segunda Guerra Mundial y el Holocausto


El proyecto de restablecer un sistema de seguridad colectiva más eficaz que el de la fracasada Sociedad de Naciones ganó consistencia durante la guerra. La Carta del Atlántico ya preveía “la institución de un sistema de seguridad general establecido sobre bases más amplias”. En la conferencia de Dumbarton Oaks, en el otoño de 1944, representantes de los EE.UU., la URSS, Gran Bretaña y China aprobaron un borrador de proyecto para esta nueva institución internacional. Las grandes naciones, las que “habían vertido su sangre en beneficio del resto del mundo” –según se afirmó en sus resoluciones– se reservaban el derecho de poner las bases de la nueva organización. En Dumbarton Oaks se acordó que los cuatro participantes en la Conferencia, más Francia, serían los miembros permanentes del futuro Consejo de Seguridad.

En la conferencia de Yalta se resolvió que los miembros permanentes del Consejo de Seguridad (EE.UU., Reino Unido, la URSS, Francia y China) tuvieran siempre derecho de veto en todo tipo de resoluciones, exceptuando las de procedimiento. La conferencia de San Francisco (25 de abril-26 de junio de 1945) aprobó la Carta de la Organización de las Naciones Unidas, que fue firmada por cincuenta y un Estados.

El Consejo de Seguridad es el órgano principal y con mayor poder de decisión en todas las cuestiones relativas al mantenimiento de la paz y de la seguridad internacionales. Inicialmente estuvo integrado por once miembros, cinco permanentes y seis no permanentes; a partir de 1966 se elevaron a quince, al incrementarse el número de estos últimos. Toda resolución obligatoria para el conjunto de los integrantes debe contar con el aval de los miembros permanentes. Entre sus acciones para el mantenimiento de la paz, tiene capacidad para organizar un ejército a partir de los efectivos proporcionados por los países que la componen y puede imponer sanciones económicas a los Estados agresores.

La Asamblea General es el principal órgano de debate y está integrado por delegados de todos los Estados miembros. La Asamblea tiene amplias competencias: elección de los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, admisión de nuevos miembros, nombramiento del secretario general a propuesta del Consejo de Seguridad. Sin embargo, sus decisiones tienen el carácter de recomendaciones.

La Secretaría, órgano administrativo de las Naciones Unidas, presta sus servicios a los otros órganos, administrando los programas y políticas por ellos elaborados. El secretario general juega una labor de coordinación en toda la organización y puede llegar a tener un papel político importante.

Otros órganos de la ONU con competencias definidas son: el Consejo Económico y Social (coordinador de toda la labor económica y social de la organización), el Consejo de Administración Fiduciaria (supervisa la administración de los territorios bajo administración fiduciaria) y la Corte Internacional de Justicia, con sede en La Haya.

A pesar de todas las expectativas creadas, la ruptura entre los aliados con el estallido de la Guerra Fría obstaculizó el funcionamiento de la ONU, especialmente mediante el uso del derecho de veto de las grandes potencias alineadas en dos bloques enfrentados.


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